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PRONUNCIAMIENTO DE LA FEDERACIÓN MEXICANA DE ORGANISMOS PÚBLICOS DE DERECHOS HUMANOS, CON MOTIVO DE LA TRAGEDIA HUMANITARIA POR LA MUERTE DE 39 PERSONAS EN CONTEXTO DE MOVILIDAD, EN LA ESTACIÓN MIGRATORIA DE CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA.

México es un país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes, su política migratoria debe basarse en el respeto irrestricto de los derechos humanos de las personas en situación de movilidad, nacionales y extranjeras, sea cual fuere su origen, nacionalidad, género, etnia, edad y situación migratoria. En ningún caso una situación migratoria irregular preconfigurará por sí misma la comisión de un delito ni se prejuzgará la comisión de ilícitos por parte de un migrante por el hecho de encontrarse en condición no documentada.1

Sin embargo, en nuestro país existen estaciones migratorias que funcionan como centros de detención privativos de la libertad, establecidos para “asegurar” a las personas en condición de movilidad, las cuales siguen patrones operativos y estructurales de centros de reinserción penal, recayendo en las autoridades la responsabilidad de salvaguardar la integridad y vida de las personas en contexto de movilidad que en ellos se encuentran.

Por lo anterior, quienes integramos la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos lamentamos y condenamos lo sucedido en la Estación Migratoria de Ciudad Juárez Chihuahua; deseamos que las 28 personas que se encuentran hospitalizadas recuperen pronto la salud, sentimos la pérdida humana de 39 personas en situación de movilidad y expresamos nuestra solidaridad y condolencias por esta tragedia que se configura como un crimen contra la humanidad.

Migrar es un derecho humano que en muchas ocasiones constituye un acto de sobrevivencia, por lo tanto, privar de la libertad a las personas en condición de movilidad por no contar con la documentación que regularice su permanencia en el país y mantenerlas en los centros de detención bajo el riesgo de perder la vida o que se les afecte en su salud, es la criminalización de la migración por hambre, pobreza, marginación y falta de oportunidades, inseguridad y violencia, escasez de agua y otros recursos naturales y desde luego una restricción a sus derechos fundamentales, como son la libertad y libre movilidad, derecho al debido proceso, a solicitar y recibir asilo, el derecho a la salud, entre otros.

Por lo anterior, la FMOPDH:

1. Exige investigaciones exhaustivas, imparciales y transparentes, que esclarezcan los hechos y se finquen las responsabilidades que resulten, a las autoridades involucradas en los hechos ante las instancias competentes, entre otras, la correspondiente a la anunciada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, dado que se trata de un asunto del orden federal. 1 Cfr. Art. 2 de la Ley de Migración

2. Solicita se adopten medidas de protección reforzada adicionales que aseguren los derechos humanos, especialmente de aquellas personas que tienen una o más condiciones que agudizan su situación de vulnerabilidad como niños, niñas adolescentes, mujeres, personas LGBTTTIQA+, personas adultas mayores, con discapacidad, pueblos originarios y víctimas del delito, quienes los tienen reconocidos, como cualquier persona, por el simple hecho de estar en territorio nacional y no los pierden por la búsqueda de una mejor vida.

3. Propone la revisión de la política migratoria para realizar los cambios y ajustes necesarios que observen con pleno respeto a la soberanía de México, a los valores constitucionales y particularmente el de dignidad de la persona sin importar su origen. La situación de movilidad de personas amerita una respuesta de todas las instituciones de los distintos órdenes de gobierno para establecer una eficaz coordinación como expresión del sistema federal.

4. Hace un llamado a las autoridades y a la sociedad mexicana para ser sensibles, mostrar solidaridad y atender integralmente a las víctimas mortales y heridas, así como de todas las personas en contexto de movilidad, quienes conforman un grupo de atención prioritaria en nuestro país que, por las razones señaladas, abandonan sus lugares de origen y a sus familias, con todos los riesgos que ello implica.

Finalmente, la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos, reitera el compromiso de sus integrantes de sumar esfuerzos para la consecución de estos fines.

ATENTAMENTE

FEDERACIÓN MEXICANA DE ORGANISMOS PÚBLICOS DE DERECHOS HUMANOS

Comisión Estatal de Derechos Humanos de Aguascalientes Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California Sur Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche Comisión Estatal de los Derechos Humanos Chiapas Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua Comisión de Derechos Humanos del Estado de Coahuila Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima Comisión Estatal de Derechos Humanos de Durango Comisión de Derechos Humanos del Estado de México Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos Comisión de Defensa de los Derechos Humanos para el Estado de Nayarit Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Tabasco Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas

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