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Morelia, Michoacán; 30 de Marzo de 2021. El Ayuntamiento de Pátzcuaro incumplió una Recomendación que emitió la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) por violación al derecho a la seguridad jurídica, consistente en prestación indebida del servicio público.

Un colono del fraccionamiento Vista del Lago presentó queja ante esta Comisión luego de que personal del Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del municipio de Pátzcuaro realizó obras en un tanque de su propiedad.

El agraviado acudió al Ooapas para acreditar la propiedad del tanque y presentó un dictamen de costo para que se repararan los daños causados, al no aceptar que el propio personal del organismo lo arreglara, se acordó que el quejoso no pagaría el servicio de agua por cierto tiempo, como forma de reparación del daño. Sin embargo, a partir de esa fecha el agua empezó a escasear en su domicilio.

Este organismo determinó que al existir un convenio que exime de pago de dicho servicio al quejoso, derivado de la problemática que aconteció entre ambas partes; se acredita que no cuenta con algún adeudo con el Ooapas; y no existe un sustento lógico y jurídico para que exista una restricción de dicho servicio, que deriva a su vez de un derecho humano con el cual todo individuo debe contar. 

Por estos hechos se emitió la Recomendación 079/2019 dirigida al Ayuntamiento de Pátzcuaro para que se sancione conforme a derecho a los servidores públicos del Ooapas que violentaron los derechos humanos del quejoso; para que se le restituya la titularidad del derecho al agua; y se adopten las medidas legales, administrativas y de otra índole que sean necesarias para hacer efectiva la observancia de los derechos humanos de las personas.

El Ayuntamiento de Pátzcuaro aceptó pero no cumplió la Recomendación.

 

 

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